Art. 11
Capítulo CAPÍTULO IVSecc. Sección primera. De la Asamblea general

Art. 11

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En vigor desde 16 may 2002
Corresponde a la Asamblea general: 1. Elegir al Presidente y a los Vocales de la Junta de Gobierno y, en su caso, cesarlos. 2. Elaborar las directrices generales de actuación del Colegio y el diseño de políticas concretas. 3. Examinar y aprobar, en su caso, las memorias anuales de las diferentes actividades realizadas por el Colegio. 4. Examinar y aprobar, en su caso, las cuentas y ratificar los presupuestos de las diferentes actividades del Colegio. 5. Determinar las cuotas de los socios de número y su procedimiento de recaudación. 6. Acordar la modificación del presente Reglamento. 7. Aprobar y modificar, en su caso, las normas internas de funcionamiento. 8. Fijar el tipo y cuantía de las prestaciones y ayudas del Colegio. 9. Acordar la disolución del Colegio en los términos previstos por el presente Reglamento. 10. Cumplir y hacer cumplir los preceptos del presente Reglamento y normas internas de funcionamiento y resolver las dudas que en su aplicación y casos no previstos pudieran plantearse. 11. Adoptar cualquier otro acuerdo a propuesta de la Junta de Gobierno y relacionado con los fines del Colegio. Se modifica por el art. único.8 de la Orden HAC/917/2002, de 15 de abril. Ref. BOE-A-2002-8099 .

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eli/es/o/1991/07/31/(15)#art-11