Art. Disposición adicional

Art. Disposición adicional

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En vigor desde 27 ago 1987
La comprobación de los requisitos a los que hace referencia la presente orden, para el caso de las Instituciones sanitarias dependientes del Ministerio de Defensa que vayan a concertar con la Universidad, deberá realizarse teniendo en mienta la especificidad del régimen jurídico y administrativo de las mismas.
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eli/es/o/1987/07/31/(12)#disposicion-adicional