Art. Disposición transitoria

Art. Disposición transitoria

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En vigor desde 28 sept 1978
A los efectos que se contemplan en la presente Orden ministerial, las actuales Comandancias de Marina se subrogarán en las funciones reconocidas a las Delegaciones Provinciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, hasta tanto entren éstas en funcionamiento.
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eli/es/o/1978/08/31/(1)#disposicion-transitoria