Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 17 may 1977
Ilustrísimos señores: El Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre relaciones de trabajo, contiene diversos preceptos cuya aplicación exige el correspondiente desarrollo reglamentario de determinados aspectos de los mismos que afectan a la Seguridad Social. Así, por la presente Orden, se regulan los efectos de la situación de huelga legal, en relación con la tramitación de las bajas y altas de los trabajadores, la incidencia de la situación de alta especial respecto de la acción protectora y el alcance de la colaboración de las Empresas en la gestión de la Seguridad Social; articulándose, por otra parte, el procedimiento a seguir para el reconocimiento del derecho a las prestaciones por desempleo, en los supuestos de despido procedente por circunstancias objetivas. En su virtud, este Ministerio, a propuesta de la Subsecretaria de la Seguridad Social, dispone:
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eli/es/o/1977/04/30/(1)#preambulo-preambulo