Art. Noveno

Art. Noveno

9 / 10
En vigor desde 7 dic 1994
La presente disposición se dicta en ejercicio de las competencias estatales contempladas en el artículo 3 de la Ley Orgánica 1/1992, y en el artículo 40.5 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, al amparo de lo establecido en el artículo 149.1.16. y 29. de la Constitución, y en desarrollo del Real Decreto 137/1993, por el que se aprueba el Reglamento de Armas.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1994/10/03/(2)#noveno