Art. 20
Capítulo CAPÍTULO IV

Art. 20

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En vigor desde 7 nov 2001
1. La Jefatura de Asuntos Económicos, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, es el órgano responsable de la administración y coordinación de los recursos financieros, del seguimiento de la ejecución del presupuesto y su registro contable, así como de la coordinación de la actividad de las unidades económico-administrativas. 2. De la Jefatura de Asuntos Económicos dependen los siguientes Servicios: a) Servicio de Contratación.–Tiene como cometidos la elaboración y tramitación de los expedientes de contratación. b) Servicio de Gestión Económica.–Tiene como cometidos la administración y gestión de los recursos económicos de la Dirección General de la Guardia Civil, la tramitación de los expedientes de gastos que correspondan y la coordinación y control de las distintas cajas y subcajas pagadoras de la Guardia Civil.
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eli/es/o/2001/10/29/(1)#art-20