Art. 10
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 10

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En vigor desde 7 nov 2001
A la Jefatura del Servicio de Protección de la Naturaleza, al mando de un Oficial General de la Guardia Civil en situación de servicio activo, le corresponde organizar, dirigir y gestionar todo lo relativo con el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con la conservación de la naturaleza y medio ambiente, los espacios protegidos, los recursos hidráulicos, la caza y la pesca, el patrimonio histórico y arqueológico y la ordenación del territorio.
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eli/es/o/2001/10/29/(1)#art-10