Art. 1
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 1

1 / 27
En vigor desde 7 nov 2001
1. La Dirección General de la Guardia Civil se estructura a nivel central en los siguientes órganos directivos con rango de Subdirección General: a) Subdirección General de Operaciones. b) Subdirección General de Personal. c) Subdirección General de Apoyo. 2. La organización periférica de la Dirección General de la Guardia Civil estará constituida por las Zonas, las Comandancias, las Compañías y los Puestos.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/2001/10/29/(1)#art-1