Art. Disposición transitoria primera
2 / 6En vigor desde 13 jul 2000
El Director general de la Guardia Civil fijará un calendario progresivo de aplicación del (IPECGUCI) al personal de la Escala Básica de Cabos y Guardias, de tal manera que alcance a todos los componentes en el plazo máximo de tres años a contar desde la entrada en vigor de la presente Orden.
Se amplía el plazo hasta el máximo fijado en la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil Ref. BOE-A-1999-22670 . por el apartado 1 de la Orden de 5 de julio de 2000. Ref. BOE-A-2000-13170 .
Atención: Plazo ampliado hasta el máximo fijado en la disposición transitoria 1 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1997/05/28/(2)#disposicion-transitoria-primera