Art. Primero
1 / 6En vigor desde 6 jul 1995
De conformidad con lo previsto en el artículo 18, número 1, de la Ley Orgánica 5/1992, de 29 de octubre, se crea y se describe en el anexo de esta Orden el fichero automatizado «Base de Datos de Señalamientos Nacionales (BSDN)», a cargo del Gabinete de Coordinación de la Secretaría de Estado de Interior, en el que se contienen y procesan datos de carácter personal.
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Proeli/es/o/1995/06/28/(2)#primero