Art. 2

Art. 2

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En vigor desde 9 feb 1984
(Derogado) Se deroga por la disposición derogatoria de la Orden de 3 de febrero de 1984. Ref. BOE-A-1984-3363 . Esta derogación surte efectos a partir del 1 de enero de 1984, según establece la disposición derogatoria.

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Pro

eli/es/o/1978/07/28/(1)#art-2