Art. 2
6 / 191En vigor desde 23 mar 1974
La Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria tiene como finalidad el ejercicio de la previsión social para llevar a sus afiliados y familiares de éstos la más amplia protección y ayuda contra circunstancias previsibles y fortuitas, de acuerdo con la normativa que establece este Reglamento.
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Proeli/es/o/1974/02/28/(1)#art-2