Libro REGLAMENTACIÓN DE LOS VINOS ESPUMOSOS Y GASIFICADOS›Capítulo CAPÍTULO VIII
Art. 42
42 / 61En vigor desde 8 feb 1973
El tapón de expedición de los vinos espumosos naturales será el clásico de corcho en forma de seta sujeto con morrión o bozal.
Los vinos gasificados expedidos en botella clásica y con presión superior a cuatro atmósferas también podrán ser expedidos con tapón de plástico en forma de seta.
En los tapones de tiraje es obligatoria la inscripción de la fecha de tiraje y la contraseña de identificación del elaborador. En el tapón definitivo de expedición, es obligatoria la inscripción de la clase del producto así como la contraseña de identificación del elaborador. Estas inscripciones se ajustarán a las normas que dicte al efecto el Consejo Regulador.
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Proeli/es/o/1972/07/27/(2)#art-42