Art. 1
Libro REGLAMENTACIÓN DE LOS VINOS ESPUMOSOS Y GASIFICADOSCapítulo CAPÍTULO I

Art. 1

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En vigor desde 7 sept 1972
Quedan sujetos a las normas contenidas en la presente Orden la elaboración, producción y comercialización de los vinos espumosos naturales y de los vinos gasificados y sus industrias productoras, así como el régimen interno del Consejo Regulador de los Vinos Espumosos.
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eli/es/o/1972/07/27/(2)#art-1