Art. Tercero
3 / 8En vigor desde 3 may 1992
En la prueba a que se refiere el punto anterior, las materias objeto de examen teórico se ajustarán a los programas impartidos durante el curso de formación. La prueba práctica, en la que el candidato deberá demostrar que posee los conocimientos adecuados para el manejo de las embarcaciones del Servicio Marítimo de la Guardia Civil, deberá realizarse a bordo de las propias embarcaciones.
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Proeli/es/o/1992/04/27/(1)#tercero