Art. Preambulo
En vigor desde 21 oct 1985
Ilmo. Sr.: El capítulo VII del Reglamento de Ordenación del Seguro Privado aprobado por Real Decreto 1348/1985, de 1 de agosto, regula la liquidación e intervención de las Entidades aseguradoras.
Como desarrollo de la referida norma se estima necesario establecer un procedimiento especial para agilizar el proceso de liquidación, siempre que el mismo sea solicitado por la Entidad interesada y ésta no presente, inicialmente, un estado de insolvencia patrimonial.
En consecuencia, y previo informe favorable de la Secretaría General Técnica,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1985/09/24/(1)#preambulo-preambulo