Art. 13
Capítulo CAPÍTULO II

Art. 13

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En vigor desde 29 oct 1989
La promoción interna en el Cuerpo Nacional de Policía, mediante la cual se podrá acceder a la categoría inmediatamente superior, tendrá las modalidades de concurso-oposición y antigüedad selectiva. Estas modalidades serán aplicables para los siguientes ascensos: a) Desde Policía a Oficial de Policía, por concurso-oposición. b) Desde Oficial de Policía hasta Comisario, el 50 por 100 por concurso-oposición y el 50 por 100 por antigüedad selectiva, excepto para la categoría de Inspector, que será del 25 por 100, respectivamente, del total de las vacantes. Las plazas no cubiertas en el proceso de promoción interna a la categoría de Inspector, incrementarán las correspondientes al de oposición libre. c) De Comisario a Comisario principal, por antigüedad selectiva.
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eli/es/o/1989/10/24/(1)#art-13