Art. 1

Art. 1

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En vigor desde 1 abr 1999
Los análisis e investigaciones realizados por el Instituto de Toxicología a solicitud de organismos y empresas públicas en cuestiones que afecten al interés general, y de particulares en el curso de procesos judiciales estarán sujetos al pago de los precios públicos que figuran en el anexo a esta Orden.
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eli/es/o/1999/02/24/(1)#art-1