Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO VIII

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 8 may 1986
El desarrollo de las actividades de vuelo previstas en esta disposición se circunscribirá a las zonas y espacios aéreos en cada caso establecidos.
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eli/es/o/1986/04/24/(2)#disposicion-final-primera