Art. 1
1 / 8En vigor desde 29 oct 1998
Se establece el Registro de Tomadores para la contratación colectiva de los Seguros Agrarios Combinados en la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).
La inscripción en este Registro será condición necesaria para que los asegurados en cuyo nombre contraten estos tomadores puedan tener derecho a la percepción de las subvenciones, al coste del seguro que establezca la Administración General del Estado, por contratación colectiva, para el Plan de Seguros Agrarios Combinados de 1999 y siguientes.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/1998/10/23/(1)#art-1