Art. Cinco
Secc. II. Material necesario para los ensayos

Art. Cinco

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En vigor desde 11 jun 1986
Cinco.– Con objeto de llevar a cabo los ensayos de identificación, deberá suministrarse en la sede de este Instituto situado en la carretera de La Coruña, kilómetro 7.500 (28023 Madrid), el siguiente material: 1. Para variedades de vinificación y de uva de mesa, 24 plantas-injerto utilizando, a ser posible, patrones diferentes. 2. Para patrones, 5 barbados.
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eli/es/o/1986/05/23/(4)#cinco