Art. 1
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Art. 1

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En vigor desde 31 dic 1988
El Consejo Social de la Universidad de León es el órgano legalmente establecido para canalizar la participación de la Sociedad en la Universidad de León, colaborando en la obtención de los recursos necesarios para mantener la autonomía económica y financiera de la misma. En el ejercicio de sus competencias el Consejo Social goza de plena independencia en el marco de la política educativa y científica establecida en esta Universidad.
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eli/es/o/1988/12/23/(2)#art-1