Art. Tercero

Art. Tercero

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En vigor desde 22 jul 1984
Las partes suscribientes del Acuerdo designarán un Director-Gerente al frente del Centro gestor, que será el encargado de su funcionamiento en orden al cumplimiento de los objetivos y funciones derivadas de la aplicación del Acuerdo.
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eli/es/o/1984/06/22/(2)#tercero