Art. Noveno
9 / 11En vigor desde 5 ene 2001
Se delegan en el Secretario general técnico las facultades que el artículo 57 de la Ley 16/1985, atribuye al Titular del Departamento, sin que la aprobación de esta norma suponga incremento de gasto público.
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Proeli/es/o/2000/12/21/(4)#noveno