Art. Disposición transitoria primera

Art. Disposición transitoria primera

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En vigor desde 6 jul 2005
El Plan Parcial de Pesca para el año 2000 será presentado en el plazo de un mes desde la entrada en vigor de la presente Orden. Se numera por el art. único.3 de la Orden APA/2137/2005, de 23 de junio. Ref. BOE-A-2005-11531

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eli/es/o/1999/12/21/(6)#disposicion-transitoria-primera