Art. Disposición adicional tercera

Art. Disposición adicional tercera

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En vigor desde 1 ene 2001
Los conceptos y definiciones relativos a la presentación de declaraciones por vía telemática se recogen en el anexo V de la Orden de 24 de abril de 2000.
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eli/es/o/2000/11/20/(1)#disposicion-adicional-tercera