Art. Ordenanza 15ª

Art. Ordenanza 15ª

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En vigor desde 12 jun 1969
ORDENANZA 15.ª Orientaciones Salvo casos especiales, debidamente justificados, se intentará conseguir que las estancias estén orientadas hacia el Sur o hacia la más favorable de la localidad y de los terrenos de que se trate; el mayor número de dormitorios deberán orientarse hacia los cuadrantes del Sur y del Este.
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eli/es/o/1969/05/20/(1)#ordenanza-15a