Art. 7
Capítulo CAPÍTULO I

Art. 7

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En vigor desde 22 ago 1995
Las solicitudes de autorizaciones de sucursal deberán acompañarse del original o fotocopia compulsada de la tarjeta en que se documente la autorización de establecimiento central de la empresa y de los documentos reseñados en las letras c), d), e), f) y g) del artículo anterior.
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Pro

eli/es/o/1995/07/20/(2)#art-7