Título ORDENANZA LABORAL PARA PROFESIONALES DE LA MÚSICA›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 3
6 / 73En vigor desde 26 may 1977
Las normas de esta Ordenanza entrarán en vigor en la fecha que establezca la Orden aprobatoria.
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Proeli/es/o/1977/05/02/(1)#art-3