Art. Decimocuarto

Art. Decimocuarto

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En vigor desde 14 jul 1998
La Subsecretaría del Departamento dictará las instrucciones necesarias para el cumplimiento de esta Orden, que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
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eli/es/o/1998/07/02/(1)#decimocuarto