Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición derogatoria única
19 / 21En vigor desde 25 jun 1997
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a la presente Orden y, en especial:
El artículo 17 y los apartados 3, 4 y 5 del artícu lo 20 de la Orden de 13 de octubre de 1967, por la que se establecen normas para la aplicación y desarrollo de las prestaciones por incapacidad laboral transitoria en el Régimen General de la Seguridad Social.
Los artículos 4, 5 y 8 de la Orden de 6 de abril de 1983, por la que se dictan normas a efectos del control de la situación de incapacidad laboral transitoria en el sistema de la Seguridad Social.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1997/06/19/(4)#disposicion-derogatoria-unica