Art. 87
Libro REGLAMENTO DE PRUEBAS DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y SUS MUNICIONES EN ESPAÑACapítulo CAPÍTULO 2

Art. 87

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En vigor desde 19 mar 1979
Las armas del grupo tercero se someterán a la «prueba superior con pólvora sin humo», consistente en disparar dos cartuchos con cada cañón cargado con pólvoras sin humo, de forma que desarrollen una presión de 1.000 kg/cm 2 si el arma es de calibre 16 o superior, y de 1.100 kg/cm 2 si el arma es de calibre 20 o inferior.
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eli/es/o/1979/02/19/(3)#art-87