Art. 73
Libro REGLAMENTO DE PRUEBAS DE ARMAS DE FUEGO PORTÁTILES Y SUS MUNICIONES EN ESPAÑACapítulo CAPÍTULO 1

Art. 73

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En vigor desde 19 mar 1979
Las armas presentadas por particulares y las adquiridas por los fabricantes en las subastas de la Guardia Civil, se probarán, caso de no desbaratarse, marcándose con los punzones correspondientes a su clase.
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eli/es/o/1979/02/19/(3)#art-73