Art. 35
Capítulo CAPÍTULO III

Art. 35

35 / 54
En vigor desde 7 abr 1981
La Comisión de Gobierno Interior entenderá en los asuntos relacionados con el local de la Academia, empleados y cuantas incidencias se presenten en la vida interior de la Academia.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1981/01/19/(3)#art-35