Art. Disposición final primera
4 / 51En vigor desde 3 feb 2000
Se faculta al Director general de la Marina Mercante para dictar los actos de ejecución que sean pertinentes para la aplicación de la presente Orden.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/o/2000/01/18/(5)#disposicion-final-primera