Art. Disposición transitoria
10 / 13En vigor desde 25 ene 2001
Hasta que se regule la Junta de Contratación del Ministerio del Interior, de acuerdo con el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, y el Real Decreto 390/1996, de 1 de marzo, subsistirá la Junta de Compras, manteniendo las competencias que tiene atribuidas, con la siguiente composición:
Presidente: El Subsecretario del Interior o, por delegación de éste, el Subdirector general de Gestión Económica y Patrimonial.
Vocales:
El Subdirector general de la Oficialía Mayor y Centro de Sistemas de Información.
Un representante por cada uno de los órganos superiores y directivos del Departamento, cuyas adquisiciones hayan de proponerse o realizarse en cada reunión que se convoque.
Secretario: Un funcionario titular de un puesto de trabajo de la Subdirección General de Gestión Económica y Patrimonial, designado por el Presidente.
Cuando la Junta actúe como Mesa de Contratación, además, formarán parte de la misma el Jefe de la Abogacía del Estado en el Departamento y el Interventor delegado de la Intervención General de la Administración del Estado en el Departamento.
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Proeli/es/o/2001/01/16/(1)#disposicion-transitoria