Art. Tercero

Art. Tercero

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En vigor desde 10 may 1985
Las normas del anexo tienen por objeto definir las exigencias para la homologación de griferías sanitarias para utilizar en locales de higiene corporal, cocinas y lavaderos, los métodos y condiciones de ensayo, así como los tipos y número de muestras a ensayar.
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eli/es/o/1985/04/15/(3)#tercero