Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 22 nov 2001
La financiación de las subvenciones y demás ayudas previstas en esta Orden estará condicionada a la existencia de disponibilidades presupuestarias para dicho fin en los presupuestos del INEM.
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eli/es/o/2001/11/14/(3)#disposicion-final-primera