Capítulo CAPÍTULO I
Art. 4
4 / 26En vigor desde 22 nov 2001
Con el fin de permitir el acceso de los alumnos trabajadores participantes en Talleres de Empleo a las nuevas tecnologías de la información y de la comunicación, en todos los proyectos se impartirá un módulo de alfabetización informática. El contenido de dicho módulo, que tendrá una duración de, al menos, treinta horas, se incluirá dentro del plan formativo exigido en el artículo 10 de la presente disposición, de acuerdo con los contenidos y tiempos de impartición que, en su caso, determine el INEM.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/2001/11/14/(3)#art-4