Art. Preambulo

Art. Preambulo

En vigor desde 25 may 2001
La Ley 23/1999, de 6 de julio, por la que se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, prevé en su disposición transitoria primera la constitución de una Comisión Gestora integrada por un representante de cada uno de los Colegios Oficiales de Biólogos actualmente existentes, la cual deberá elaborar unos Estatutos Provisionales reguladores de los órganos de gobierno del Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos, que remitirá al Ministerio de Educación y Cultura. En cumplimiento de ese mandato, la Comisión Gestora ha elaborado unos Estatutos Provisionales que han obtenido la conformidad de todos los Colegios Oficiales de Biólogos. Este Ministerio ha verificado la adecuación a la legalidad de los Estatutos provisionales, por lo que procede, conforme a lo previsto en el apartado 3 de la disposición transitoria primera de la Ley 23/1999, de 6 de julio, ordenar su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». En su virtud, dispongo:
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eli/es/o/2001/05/14/(2)#preambulo-preambulo