Secc. Resolución de los expedientes
Art. Decimocuarto
14 / 19En vigor desde 18 mar 1988
La resolución de los expedientes de homologación o convalidación se realizará mediante Orden del Ministro de Educación y Ciencia, firmada por delegación por el Secretario General Técnico del Departamento. Cada Orden podrá incluir la resolución de uno o de varios expedientes.
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Proeli/es/o/1988/03/14/(2)#decimocuarto