Art. 2
2 / 18En vigor desde 11 abr 1984
1. En consonancia con lo establecido en el artículo anterior, la solicitud de reconocimiento del derecho a las prestaciones a que el mismo se refiere, habrá de ser presentada en la Dirección Provincial del INSERSO, correspondiente a la residencia habitual del minusválido interesado en ellas o en cualquiera de las dependencias de esa Dirección Provincial, bien personalmente, bien a través de cualquiera de los medios previsto, en el artículo 53 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
2. A la solicitud, que se formulará en el Impreso oficial que se facilitará en las Direcciones Provinciales del INSERSO o en cualquiera de sus dependencias habrá de acompañarse la siguiente documentación:
a) Fotocopia del documento nacional de identidad del minusválido o, en su defecto, de certificación de nacimiento del mismo o del libro de familia en que se halle inscrito.
b) Fotocopia del libro de familia correspondiente, siempre que las prestaciones se soliciten por minusválidos con personas a su cargo o para minusválidos dependientes de una unidad familiar,
c) Fotocopia del certificado de la condición de minusválido de la persona para la que se solicitan las prestaciones, en el caso de que el reconocimiento oficial de esa condición se hubiese obtenido con anterioridad.
d) Declaración jurada sobre si el minusválido está o no comprendido como titular o como beneficiarlo en el sistema de la Seguridad Social, y sobre si es o no beneficiario o tiene derecho, por edad o por cualesquiera otras circunstancias, a alguna prestación o ayuda otorgada por organismo público, indicando, en caso afirmativo, naturaleza, finalidad y cuantía de la misma.
e) Declaración jurada de los recursos personales del minusválido, desglosadas por conceptos.
A tal efecto, se considerarán como recursos personales del minusválido, de conformidad con el artículo 33 del Real Decreto 383/1984, los bienes, rentas o ingresos de cualquier naturaleza o procedencia que perciban, disfruten o posean el propio minusválido y, en su caso, las personas que tengan a su cargo o las personas que formen parte de la unidad familiar de la que él dependa.
Entre los recursos a que se refiere el párrafo anterior habrán de incluirse:
Los bienes muebles e inmuebles que se posean o disfruten. Las rentas o beneficios netos que produzcan esos bienes. Los intereses netos de cuentas corrientes, libretas de ahorro o sistemas de crédito similar.
Los rendimientos netos de trabajo por cuenta propia o ajena. Cualesquiera otros bienes, rentas o ingresos de análoga naturaleza a los anteriores.
3. La solicitud y las declaraciones juradas a que se refiere el número anterior deberán ser firmadas por el propio minusválido interesado, o, cuando dicho minusválido fuere menor de edad o, siendo mayor, no pudiere o no supiere firmar, por su representante legal, quien, en este caso, habrá de adjuntar fotocopia de los documentos acreditativos de su identidad y de su condición de representante legal del minusválido.
4. De la presentación de la solicitud y de su documentación aneja el funcionario a quien se entrega dará recibo al interesado, pudiendo servir a tal efecto una fotocopia o copia simple de la misma solicitud, fechada y firmada o sellada por dicho funcionario.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1984/03/13/(2)#art-2