Art. Segundo

Art. Segundo

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En vigor desde 8 jul 1989
Los certificados o marcas de conformidad que emita la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR), a efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, serán objeto de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» mediante Resolución de la Dirección General de Política Tecnológica.
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eli/es/o/1989/06/12/(5)#segundo