Art. 6
11 / 33En vigor desde 20 jul 1984
6.1. Ingredientes esenciales.
Leche de vaca, oveja o cabra o sus mezclas.
6.2. Ingredientes facultativos.
6.2.1. Sacarosa y/o glucosa en proporción total no superior al 15 por 100 en masa con respecto al producto terminado, en las natas azucaradas.
6.2.2. Sustancias aromáticas naturales o idénticas naturales en las natas aromatizadas.
6.2.3. Frutas y otros alimentos naturales.
6.3. Características fisicoquímicas.
6.3.1. Organolépticas: La nata dispuesta para su venta deberá presentar las siguientes características:
Consistencia líquida más o menos viscosa, excepto la «nata batida» o «montada», que presentará consistencia semisólida.
Color blanco amarillento.
Sabor y olor característicos.
6.3.2. Intrínsecas.
Contenido mínimo en materia grasa de leche, 12 por 100.
La composición del extracto seco de la fracción no grasa de las distintas natas, descontando el correspondiente al de los ingredientes facultativos y aditivos añadidos, será la misma que la del extracto seco magro de la leche natural de partida.
Acidez, expresada en peso de ácido láctico por 100 de nata en volumen de la parte no grasa, 0,25 por 100 como máximo, excepto para la nata acidificada, que podrá ser del 0,85 por 100 como máximo.
Impurezas macroscópicas, grado 0.
Las características fisicoquímicas de la grasa estarán comprendidas entre los siguientes valores:
a) Para la nata de vaca:
Índice de refracción a 40º C, de 1,4540 a 1,4557.
Índice de Reichert, de 28 a 32.
Índice de Polenske, de 1 a 4.
Índice de Kirchner, de 19 a 27.
b) Para la nata de oveja:
Índice de refracción a 40º C, de 1,4530 Q 1,4557.
Índice de Reichert, de 26 a 32.
Índice de Polenske, de 5 a 8.
Índice de Kirchner, de 19 a 27.
c) Para la nata de cabra:
Índice de refracción a 40º C, de 1,4520 a 1,4545.
Índice de Reichert, de 21 a 28.
Índice de Polenske, de 5 a 9.
Índice de Kirchner, de 14 a 21.
Tanto para la nata de vaca como para las de oveja y cabra el límite mínimo de colesterol dentro de los esteroles será del 98 por 100 de la fracción esterólica del insaponificable, determinados por cromatografía gaseosa.
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Proeli/es/o/1983/07/12/(2)#6