Art. Disposición final primera
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Disposición final primera

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En vigor desde 4 oct 2001
La Tesorería General de la Seguridad Social podrá contratar la realización de los servicios materiales de actualización del Inventario General de Bienes y Derechos de la Seguridad Social, en los términos establecidos en el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio.
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