Art. Noveno
Capítulo CAPÍTULO II

Art. Noveno

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En vigor desde 17 feb 2000
Corresponde al Secretario general: a) Sustituir al Director en caso de vacante, ausencia o enfermedad. b) Coordinar los servicios generales del Centro. c) Organizar sus oficinas, la biblioteca, el archivo y cuidar de la conservación de los locales, instalaciones y mobiliario. d) Coordinar las publicaciones del Centro. e) LLevar los expedientes académicos de los alumnos, expidiendo los diplomas y certificados académicos. f) Custodiar la documentación del Centro y el libro de actas del Consejo. g) Confeccionar y tramitar los expedientes económicos que se deriven de la actividad formativa, así como elaborar la nómina de retribuciones de los alumnos que ostenten la condición de funcionarios en prácticas. h) En general, realizar cuantas funciones le encomiende el Director, en el ámbito de su competencia profesional.
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eli/es/o/2000/02/10/(1)#noveno