Art. 9
Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRIDTítulo TÍTULO II

Art. 9

11 / 23
En vigor desde 19 dic 1987
El Pleno del consejo podrá proponer el cese de un Consejero a la autoridad u Organo que lo designó en los siguientes supuestos: a) Si en el plazo de tres meses desde que concurra en un Consejero una causa de incompatibilidad éste no hubiese optado por un puesto u otro de los declarados incompatibles. b) Por el abandono manifiesto de las obligaciones del cargo, mediante acuerdo del Consejo adoptado por la mayoría absoluta de sus miembros.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1987/12/10/(3)#art-9