Art. 21
Libro REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CONSEJO SOCIAL DE LA UNIVERSIDAD POLITECNICA DE MADRIDTítulo TÍTULO V

Art. 21

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En vigor desde 31 mar 1997
Podrá proponer la reforma de este Reglamento un número no inferior a cinco miembros del Consejo Social. La propuesta de reforma deberá ir acompañada de un texto articulado alternativo y de la argumentación en que se funde. La aprobación de la propuesta de reforma requerirá el voto favorable de más de la mitad de los miembros con derecho a voto que pertenezcan al Consejo Social. Se modifica por la Resolución de 26 de febrero de 1997. Ref. BOE-A-1997-5227 .

Tus anotaciones

Pro

eli/es/o/1987/12/10/(3)#art-21