Capítulo III. Concurso ordinario
Art. 7
7 / 21En vigor desde 13 ago 1994
1. La Dirección General de la Función Pública, en el mes de marzo de cada año, dispondrá la publicación conjunta de concurso ordinario, en el «Boletín Oficial del Estado» con inclusión de las bases comunes, y las específicas en extracto, de cada puesto. Asimismo incluirá en dicha publicación la relación individualizada de méritos generales a que se refiere el artículo 4 de la presente Orden.
2. En dicha publicación se salvarán, en su caso, los errores u omisiones padecidos en las publicaciones llevadas a efecto en los diarios oficiales de Comunidades Autónomas.
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Tus anotaciones
Proeli/es/o/1994/08/10/(1)#art-7