Art. 4
Título TÍTULO IVCapítulo DISPOSICIONES TRANSITORIAS

Art. 4

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En vigor desde 25 abr 1980
Igualmente será de aplicación el aludido Reglamento en los procedimientos sancionadores instruidos o que se instruyan por infracciones cometidas antes de la entrada en vigor del presente Reglamento.
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eli/es/o/1980/04/10/(5)#4